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Vivienda: adquisición e inversión

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS: Normas de régimen interior

Su fin es regular los detalles de la convivencia y correcta utilización de servicios y cosas comunes. Obligarán a los titulares para tomar acuerdos sobre la administración. No se recogen en escritura pública, obligatoriamente, lo más habitual es reflejarlas en el Libro de Actas de la Comunidad. Pueden ser modificadas por mayoría.


3.1. Aspectos que abarcan las normas

Se distinguen dos ámbitos: la convivencia comunitaria y la utilización de lo común. En cuanto al primero, los temas son:

- Horas de apertura y cierre de patios, piscinas, vallados,...
- Depósito de coches de bebé, bicicletas,...
- Desarrollo de tareas habituales como tendido de ropa, basuras, depósito de propaganda.
- Pequeños anuncios y carteles o toldos en la fachada
- Juegos
- Animales domésticos en elementos comunes
- Aparcamiento en espacios libres por propietarios, familiares o amigos
- Ordenación de obras interiores (horas de trabajo, almacenamiento de materiales,...)

Los temas que se recogen y que hacen referencia a la utilización de lo común pueden ser:

- Funcionamiento y horario de portería, calefacción y otros servicios comunes
- Tareas de personas contratadas por la Comunidad
- Regulación del uso de instalaciones deportivas, piscinas, ...
- Cuidado y mantenimiento de vegetación ornamental y uso de jardines
- Utilización de ascensores y montacargas
- Limpieza de escaleras y portal,...

Las normas de régimen interior pueden ser modificadas en cualquier momento por la Comunidad con el acuerdo por mayoría simple


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