COMUNIDADES DE PROPIETARIOS: Normas
de régimen interior
Su fin es regular los detalles
de la convivencia y correcta utilización de servicios
y cosas comunes. Obligarán a los titulares para tomar
acuerdos sobre la administración. No se recogen en escritura
pública, obligatoriamente, lo más habitual es reflejarlas
en el Libro de Actas de la Comunidad. Pueden ser modificadas
por mayoría.
3.1. Aspectos que abarcan las normas
Se distinguen dos ámbitos:
la convivencia comunitaria y la utilización de lo común.
En cuanto al primero, los temas son:
- Horas de apertura y cierre
de patios, piscinas, vallados,...
- Depósito de coches de bebé, bicicletas,...
- Desarrollo de tareas habituales como tendido de ropa, basuras,
depósito de propaganda.
- Pequeños anuncios y carteles o toldos en la fachada
- Juegos
- Animales domésticos en elementos comunes
- Aparcamiento en espacios libres por propietarios, familiares
o amigos
- Ordenación de obras interiores (horas de trabajo, almacenamiento
de materiales,...)
Los temas que se recogen y
que hacen referencia a la utilización de lo común
pueden ser:
- Funcionamiento y horario
de portería, calefacción y otros servicios comunes
- Tareas de personas contratadas por la Comunidad
- Regulación del uso de instalaciones deportivas, piscinas,
...
- Cuidado y mantenimiento de vegetación ornamental y uso
de jardines
- Utilización de ascensores y montacargas
- Limpieza de escaleras y portal,...
Las normas de régimen
interior pueden ser modificadas en cualquier momento por la Comunidad
con el acuerdo por mayoría simple
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