| «Factor
psicopatógeno»
El fallo pretende hacer
hincapié en la calidad de vida de las personas
J.
MUÑOZ
El Tribunal Constitucional llama la
atención sobre un aspecto de la cuestión:
la importancia que ha ido adquiriendo en los últimos
tiempos la protección de derechos fundamentales
relacionados con «la calidad de vida»
de las personas, entre los que menciona expresamente
la salud, la integridad física y moral,
la intimidad personal o la inviolabilidad del
domicilio.
«El ruido, en la sociedad de nuestros días,
puede llegar a representar un factor psicopatógeno
y una fuente permanente de perturbación
de la calidad de vida de los ciudadanos, y así
lo acreditan en particular las directrices marcadas
por la Organización Mundial de la Salud».
No falta en la resolución una detallada
lista de dolencias relacionadas con la contaminación
acústica: deficiencias auditivas, dificultades
de comprensión oral, problemas de sueño,
neurosis, hipertensión e isquemia. La relación
incluye «la reducción de los comportamientos
solidarios» o «el aumento de las tendencias
agresivas».
Con este telón de fondo, el ponente entiende
que, cuando un ruido intenso y prolongado redunda
en menoscabo de la salud de las personas, ello
puede interpretarse como una vulneración
del «derecho a la integridad física
y moral».
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